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ORGANIZACIÓN
Es un organismo permanente especializado, con competencia nacional, que actúa independientemente de los servicios del Ministerio a cargo de la determinación y del control de las normas de seguridad de la navegación (comercio, pesca, recreo). Puede recurrir a miembros de los cuerpos de inspección y de control.
El BEAmer incluye:
- un núcleo central de investigadores permanentes y de personal administrativo con sede en París,
- una red de delegados regionales y corresponsales locales,
- un amplio grupo de expertos permanentes u ocasionales al cual se recurre en función de los asuntos a tratar.
ACCIÓN
Su acción se ejerce respetando las normas legales internacionales, europeas y nacionales y, en particular, según las disposiciones previstas :
- en el plano internacional, por el “Código para la realización de las investigaciones sobre los accidentes y los incidentes del mar” de la Organización Marítima Internacional ;
- en el plano europeo, por las directivas pertinentes ;
- en el plano nacional, por la Ley del 3 de enero de 2002 sobre las investigaciones técnicas tras el acontecimiento del mar y el decreto del 26 de enero de 2004 relativo a las investigaciones técnicas tras el acontecimiento del mar, accidente o incidente de transporte terrestre. |
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